El 25 de enero del 2017, el Presidente Trump firmó dos Órdenes Ejecutivas que afectaron a inmigrantes en todo el país. No hay duda de que usted ha oído hablar de la construcción de un muro en la frontera con México y  argumento sobre quién va a pagar el costo. El impacto de las Órdenes Ejecutivas, sin embargo, es mucho más serio de quien va a pagar por el muro o lo que se ha informado en las noticias. En un intento por evitar la sobrecarga de información, este blog se centrará sólo en los aspectos más problemáticos de cada orden.

            La primera Orden Ejecutiva firmada el 25 de enero del 2017 es titulada “Seguridad Fronteriza y Cumplimiento con la Ley de Inmigración,” y ordena al Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) a asignar fondos para construir un muro físico en la frontera con México y más centros de detención. Además, ordena a DHS que “autorice a las agencias estatales y locales a desempeñar las funciones de un oficial de inmigración” bajo la sección 287(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en inglés). En otras palabras, las autoridades estatales y locales tendrán la autoridad para investigar o detener a los extranjeros. Estos tipos de acuerdos bajo INA 287(g) se redujeron significativamente durante la administración de Obama porque eran problemáticos y facilitaron la discriminación racial y violaciones de debido proceso legal. Aún más preocupante es que, en conjunto con los acuerdos 287(g), la Orden Ejecutiva amplía la “expulsión acelerada” para permitir la remoción de los Estados Unidos de personas indocumentadas -incluyendo aquellas con cónyuges e hijos ciudadanos, sin ver jamás a un juez de inmigración. No hace falta decir que el costo involucrado en la construcción de un muro es mínimo al lado de las anticipadas violaciones del debido proceso legal cuando se faculta a las autoridades estatales y locales para actuar como oficiales de inmigración, y de igual manera el remover a personas sin una audiencia judicial.

            La segunda Orden Ejecutiva también firmada el 25 de enero del 2017 es titulada “Fortalecer la Seguridad Pública en el Interior de los Estados Unidos,” y aumenta los recursos del Servicio de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE por sus siglas en inglés) al contratar oficiales adicionales. Sin embargo, lo más preocupante de esta Orden es que básicamente cambia la definición de quién es un “criminal” para fines de inmigración. La Orden hace que cada persona indocumentada sea prioridad para la remoción, incluyendo a aquellos personas que “han sido acusados de algún delito, donde no se ha resuelto esa acusación,” aquellos que “han cometido actos que constituyen un delito penal,” y, ampliamente, aquellos que “de otra manera representan un riesgo para la seguridad pública o la seguridad nacional”. Bajo el lenguaje de esta Orden, las prioridades también podrían incluir a aquellos que han sido acusados de delitos menores, tales como la imprudencia peatonal, así como aquellos que se han quedado en al país después del vencimiento de sus visas. La Orden plantea graves problemas de debido proceso legal. Por ejemplo, cualquier persona acusada de un delito – pero aún no condenado, podría ser objeto de la eliminación antes de la resolución de su caso estatal. Además, la definición de quién “plantea un riesgo para la seguridad pública o la seguridad nacional” se deja a la discreción del agente federal, estatal o local que lo arresta.

            Huelga decir que las implicaciones de cada Orden Ejecutiva son muchas, y cualquiera persona que sea afectado por las Órdenes debe inmediatamente buscar asesoría legal de un abogado con experiencia.

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